Lineamientos para autorizar prórrogas de licenciatura en la Facultad de Ciencias Químicas:
- Atender códigos para la captura de la prórroga.
- Se extiende un solo pagaré por la cantidad total.
La cantidad máxima a prorrogar es de:
$1,800.00 plan semestral
$1,010.00 plan cuatrimestral. - Se puede autorizar prórrogas para alumnos siempre y cuando no esté cursando el primero ni el último de su plan de estudios de acuerdo con la política administrativa 1.16.
- El periodo para otorgar prórrogas es a partir del día 20 de enero al 04 de febrero del año 2025 (únicamente).
- La fecha de vencimiento máximo es de 60 días (2 meses), a partir del periodo de la prórroga.
- No se deberá otorgar nueva prórroga, si tienen adeudo anterior.
- El pagaré debe contener la firma autógrafa del interesado, así como la firma de autorización del Secretario Administrativo de cada facultad.
Nota: Muy importante al momento de llenar los datos del alumno que sean los datos actuales, teléfono celular, domicilio, etc
Avisos importantes
- Anexar copia de la credencial del INE a la prórroga.
- Los alumnos que tienen solicitud para beca no deberán solicitar prórroga hasta que tengan el resolutivo de la beca.
- Después de aprobada su prórroga, deben finalizar su trámite de inscripción ante Caja Única o a través del SEGA para que se actualice el estatus de preinscrito a inscrito.
- Informar a los alumnos que pueden dar pagos parciales en cualquier momento, a través de Cajas Únicas(cualquiera de ellas), únicamente con su número de matrícula
- En caso de no poder cumplir con el plazo estipulado en el pagaré, deberán solicitar ampliar la fecha, acudiendo a la Secretaría Administrativa de su Facultad. (justificación por escrito y firmada por el estudiante).
- Una vez efectuado el pago, NO se podrá hacer efectiva ninguna beca, tampoco procede la Devolución por el mismo concepto de acuerdo a la política administrativa 1.21.