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Convocatoria Para Elección de Sociedad de Alumnos

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LA MESA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 72 Fracción V de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Chihuahua, mismo que salvaguarda el derecho de los alumnos universitarios a formar parte de la Sociedad de Alumnos conforme a sus estatutos, el suscrito Sergio Fernando Chaparro Morales, en su carácter de representante de la base estudiantil a través de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Sociedad de Alumnos de la Facultad de Ciencias Químicas, convoca a la Base Estudiantil, para designar a la MESA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS 2024-2025, que representará a los estudiantes de las licenciaturas de esta Facultad, en el periodo del 10 de mayo de 2024 al 10 de mayo de 2025, cuya finalidad será promover la cohesión de los estudiantes y el fomento al trabajo conjunto de los futuros profesionistas de nuestra comunidad académica.

B A S E S

I. DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS Y LOS REQUISITOS PARA INTEGRAR LA MESA DIRECTIVA

  1. Se designará una sola Mesa Directiva representante de los alumnos de todas las Licenciaturas de la Facultad de Ciencias Químicas.
  2. Los aspirantes a ocupar la Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría General y Tesorería deberán reunir los siguientes requisitos:
    • Haber cumplido con el 40 por ciento de las materias totales de la licenciatura que se encuentre cursando en la Facultad, y no encontrarse cursando alguno de los dos últimos semestres de dicha licenciatura al momento de la elección y durante todo su periodo de gestión, previamente establecido en esta convocatoria.
    • Ser alumno inscrito en modalidad presencial.
    • Contar con promedio mínimo de 8.0 (ocho punto cinco) y no tener más de dos materias No Acreditadas al momento del registro como aspirante.
    • Tener el estatus de Alumno Inscrito (acreditado mediante kardex académico), al momento del registro de los aspirantes
    En el caso de las demás carteras, podrán inscribirse alumnos de cualquier semestre que se encuentren cursando alguna de las licenciaturas de esta unidad académica, y cuyo estatus sea de Alumno Inscrito.

II. DEL PROCEDIMIENTO.

  1. El aspirante a la Presidencia deberá registrar su planilla presentando una carta por escrito en la cual se comprometa a respetar lo señalado en la presente convocatoria, los estatutos vigentes de las Sociedades de Alumnos de la Universidad Autónoma de Chihuahua, así como los resultados de la elección, adjuntando además el kardex de todos los integrantes de la planilla, una imagen en digital del logotipo que identifique a su planilla y una copia de su plan de trabajo. La recepción de documentos será a partir del 3 de mayo del 2024 en la Secretaría de Extensión y Difusión con la Maestra Reyna Lizeth Torres Ponce representante de dirección.
  2. El periodo de registro será de 4 días naturales a partir de la publicación de la presente convocatoria, la cual deberá ser publicada en físico en todos los espacios designados para los avisos oficiales de la Facultad. También deberá ser publicada en los medios electrónicos con los que cuente la Mesa Directiva convocante (Facebook, Twitter, Instagram, Página Web, etc.).
  3. Al momento del registro, se deberá entregar por escrito el nombre completo del representante de la planilla que participará en la Comisión Electoral, así como el nombre completo del suplente, los cuales deberán ser alumnos inscritos de la Facultad, acreditándolo mediante el kardex académico.
  4. Las planillas deberán contar con mínimo un estudiante de cada una de las licenciaturas de la Unidad Académica que representan.
  5. Las planillas podrán tener máximo veinte integrantes registrados.
  6. Toda planilla deberá incluir las siguientes carteras:
    • PRESIDENCIA
    • VICEPRESIDENCIA
    • SECRETARÍA GENERAL
    • TESORERÍA
    • SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA
    • SECRETARÍA DE EXTENSIÓN Y DIFUSIÓN CULTURAL
    • COMISIÓN DEPORTIVA
    • COMISIÓN ESTUDIANTIL
    • COMISIÓN DE ECOLOGÍA Y CONSERVACIÓN DEL AMBIENTE
    • COMISIÓN DE MOVILIDAD INTERNACIONAL
    • COMISIÓN DE FORÁNEOS
    • COMISIÓN DE GENERO, LGBT +
    Ningún miembro de la planilla podrá ocupar más de una cartera. Las carteras podrán incluir uno o más miembros, respetando el punto anterior. La ausencia de alguna de estas carteras al momento de la inscripción, será motivo para la no admisión de la planilla.
  7. Toda planilla deberá registrar un plan de trabajo que incluya y detalle las actividades a realizar por cada una de las carteras listadas anteriormente, mismas que no serán modificables durante el tiempo de campaña y que fincará los compromisos a cumplir en caso de ser electa. La ausencia de este plan de trabajo será motivo de no admisión de la planilla al momento del registro.

III. DE LA COMISIÓN ELECTORAL.

  1. La Comisión Electoral estará conformada por el Director, un o una representante de cada planilla registrada (o su suplente), un o una representante de la Sociedad de Alumnos en función (o su suplente) y un o una representante de la Dirección de la Facultad como coadyuvante, este último tendrá voz pero no voto. El representante de Dirección será nombrado personalmente por el Director.
  2. La Comisión Electoral requerirá de la mayoría de los integrantes para poder sesionar y sus acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los presentes.
  3. A las reuniones de la Comisión Electoral solamente podrán asistir los titulares registrados como representantes de planilla y en caso de ausencia su suplente registrado.
  4. Las reuniones de la Comisión Electoral sólo pueden ser convocadas por el o la representante de Dirección de la Facultad y/o por las dos terceras partes de sus integrantes. Dicha convocatoria debe ser notificada por escrito a cada uno de los integrantes con un mínimo de dos horas previas a cada reunión.
  5. La Comisión Electoral tendrá como función aceptar o negar el registro de las planillas conforme a la presente convocatoria, vigilar el cumplimiento de la presente convocatoria así como la legalidad del proceso, además de resolver cualquier cuestión acerca del mismo y aplicar las sanciones correspondientes y en su caso retirar el registro.

IV. DE LAS CAMPAÑAS Y LA PROPAGANDA ESTUDIANTIL.

  1. Un día después de haber concluido el registro, la Comisión Electoral sesionará para revisar y aceptar o negar el registro de las planillas, lo anterior quedando asentado en el acta de acuerdos que además, contendrá los pormenores de la propaganda y las dinámicas del debate estudiantil, este último planificado en conjunto con la Secretaría de Extensión y Difusión Cultural.
  2. El dictamen se entregará a los participantes al día siguiente de ser emitido.
  3. Toda planilla con su registro avalado por la Comisión Electoral podrá realizar su campaña el miercoles 8 de mayo del 2024 a partir delas 8:00 horas concluyendo el mismo día 8 de mayo a las 20 horas. El periodo de campaña será de sólo un día para todas las planillas.
  4. La campaña deberá ser propositiva y estar orientada a enaltecer el espíritu universitario, así como a contribuir al prestigio de la institución.
  5. Queda prohibido obsequiar o vender cualquier tipo de producto comestible, útiles escolares, prendas de vestir o de cualquier otra índole dentro o fuera de las instalaciones de la Universidad.
  6. A fin de promover la conciencia ecológica y la confrontación de ideas de manera personal, queda prohibida la entrega de trípticos y/o volantes.
  7. Las planillas podrán colocar posters y hojas que contengan su logotipo y/o las propuestas en las áreas designadas por la unidad académica, así como máximo dos lonas. Las medidas de todo lo anterior serán decididas por la Comisión Electoral. La colocación de propaganda no podrá llevarse a cabo en ningún caso en las paredes de la Unidad Académica. Los espacios correspondientes para la propaganda deberán decidirse en la Comisión Electoral y contar con el visto bueno de la Secretaría de Extensión y Difusión Cultural.
  8. Las planillas tendrán autorización de realizar eventos propagandísticos dentro de la Facultad bajo los lineamientos de la Secretaría de Extensión y Difusión Cultural durante el tiempo señalado para la campaña.
  9. En las campañas deberán omitirse comentarios negativos y de descalificación hacia otras planillas o sociedades de alumnos anteriores, el incumplimiento al presente numeral será motivo de sanción en cualquier momento de proceso.
  10. Cada planilla deberá contar con un nombre e imagen definidos, no se admitirá el registro y/o utilización de propaganda que tenga como móvil y/o finalidad la confusión de la base estudiantil durante la campaña y/o votación.
  11. No se podrán realizar fiestas o reuniones en bares, centros nocturnos, granjas y/o domicilios particulares de los integrantes de las planillas y/o persona alguna con o sin interés directo o derivado en la elección objeto de esta convocatoria, con o sin el fin expreso de influir en la decisión del alumnado. Toda actividad propagandística deberá ser realizada en las instalaciones de la Facultad y en los horarios dispuestos por ésta para el habitual desahogo de sus labores. El incumplimiento a la presente disposición será motivo de sanción en cualquier momento del proceso.
  12. Deberá respetarse la propaganda de cada una de las planillas participantes, evitando el vandalismo y la destrucción de materiales de planillas contrarias.
  13. La participación de los catedráticos y/o administrativos queda restringida para promover un ambiente imparcial en las elecciones; el incumplimiento a la presente base conllevará que la Comisión Electoral presente denuncia ante el Consejo Técnico para el inicio de un Procedimiento de Responsabilidad de Orden Universitario, con independencia de la sanción que, en su caso, se aplique a la planilla que corresponda.
  14. Se realizará un debate estudiantil que será obligatorio, excepto en el caso en que todas las planillas registradas estén de acuerdo en no llevarlo a cabo

V. DEL PROCESO DE VOTACIÓN.

  1. La votación se llevará a cabo el jueves 9 de mayo de 2024 de 09:00 a 18:00 horas en el pasillo del edificio de laboratorios, mediante urnas electrónicas, para lo cual se solicitará apoyo al Instituto Estatal Electoral (IEE); en caso de que dicho apoyo no pueda ser brindado, la votación se hará mediante cédulas impresas firmadas por los representantes de planillas, cuyo contenido determinará la Comisión Electoral, a depositarse en una urna sellada.
  2. El conteo de votos se efectuará de manera electrónica, salvo que no se haya contado con urnas de esa naturaleza, en cuyo caso se llevará a cabo de manera física por los integrantes de la Comisión Electoral.
  3. La Comisión Electoral decidirá si es necesaria o no la presencia de Notario Público, pudiendo ser observador un representante del IEE.
  4. Inmediatamente después de cerrada la elección, se procederá al conteo de votos y a firmar el acta correspondiente. Los resultados de la elección serán publicados en los estrados de la Unidad Académica y en los demás medios de difusión que facilite la Dirección para ese fin.

VI. PREVENCIONES GENERALES.

  1. El presente proceso de elección de Mesa Directiva de la Sociedad de Alumnos de la Facultad de Ciencias Químicas representa un acto interno de organización de la comunidad estudiantil ajeno a la estructura universitaria, que atiende exclusivamente a la voluntad de quienes participan en el mismo.
  2. Todo lo no previsto en la presente convocatoria con relación al registro, campañas y propaganda, votación, así como resultados será resuelto por la Comisión Electoral, pudiendo aplicar por analogía, en su caso, la normatividad universitaria, y siguiendo los estatutos vigentes de Sociedades de Alumnos de la Universidad Autónoma de Chihuahua.
  3. Las sanciones a aplicarse por la Comisión Electoral podrán ir, de acuerdo a la presente convocatoria y a la gravedad de la falta, desde suspensión del periodo de campaña, retiro de propaganda y descalificación de la planilla, para lo cual se escuchará previamente a los integrantes de la planilla para que manifiesten lo que a su derecho convenga.
  4. Las decisiones de la Comisión Electoral serán definitivas y, por tratarse de un procedimiento interno de organización estudiantil ajeno a la estructura universitaria, será improcedente la revisión de dichas decisiones por parte del Consejo Técnico y del Consejo Universitario, salvo que el acto que se emita entrañe una lesión a otros derechos universitarios contemplados en la legislación de la Universidad Autónoma de Chihuahua.
Chihuahua, Chih., a 02 de mayo de 2024
Sergio Fernando Chaparro Morales
Presidente de la Sociedad de Alumnos 2023-2024
Facultad de Ciencias Químicas

"Por la ciencia para bien del hombre"

Facultad de Ciencias Químicas

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